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VISAS DE RESIDENCIA PERMANENTE

RESIDENTES PERMANENTES POR RAZONES LABORALES
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Permiso de Residencia Permanente Personal Extranjero contratado como experto o Técnico dentro del 15 % del personal ordinario.

Este Permiso de Residencia permite a los extranjeros expertos o técnicos de todas las nacionalidades, que tengan una oferta de trabajo emitida por una empresa privada, que cuente con al menos 15 trabajadores panameños por cada extranjero experto o técnico que desea contratar, solicitar primero su residencia provisional por 2 años y luego su residencia permanente en el país, el salario mínimo deberá ser de USD 850.00 mensuales.

En esta visa mayormente se contrata a personal especializado o personal de confianza, como por ejemplo supervisores o encargados de áreas específicas de la empresa.

Requisitos: 

  1. Poder y Solicitud.
  2. Tres (3) fotografías.
  3. Copia debidamente cotejada del pasaporte.
  4. Certificado de Antecedentes Penales.
  5. Certificado de Salud.
  6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
  7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
  8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
  9. Contrato de Trabajo refrendado por el Ministerio de Trabajo.
  10. Carta de Trabajo en papel membrete de la empresa, firmada por el representante legal de la empresa en que conste cargo y salario.
  11. Copia del Aviso de Operación de la Empresa.
  12. Copia simple del Certificado de vigencia de la empresa emitido por el Registro Público.
  13. Permiso de Trabajo.
  14. Comprobante de afiliación a la Caja del Seguro Social y copia del carné.
  15. Paz y Salvo Nacional de Rentas de la empresa.
  16. En caso de dependientes: 16.1. Carta de responsabilidad. 16.2. Constancia de parentesco. 16.3. Prueba de domicilio. 16.4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

Para solicitar prórroga, además de los requisitos antes mencionados, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos:

  1. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de que haya hecho cambio de empresa
  2. Paz y salvo nacional de rentas del solicitante.
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Esta visa o Permiso de Residencia no otorga Permiso de Trabajo.
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